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Blanqueo, regularización de activos y régimen especial de Bienes Personales

Dos especialistas en temas fiscales presentan el nuevo punto de partida instalado por el Gobierno de Javier Milei. En este webinar, se abordan temas como planificación patrimonial en relación al actual blanqueo y el nuevo regimen de bienes personales que cambió sustancialmente. También se presenta una mirada integral sobre la regularización de activos la planificación fiscal y de los negocios. 

Los oradores:
Néstor de Lisio, socio de RSM Argentina y especialista en planificación patrimonial. 
Mariano Ballone, socio de Bomchil.

Mariano Ballone

(05:09) «Este blanqueo viene 8 años después del anterior, de la administración Macri, que fue muy exitoso y reunió alrededor de 130.000 millones de dólares. En aquella época los bancos europeos especialmente fomentaban la idea de entrar al blanqueo porque de otro modo no iban a poder mantener las cuentas allá. Muchos de esos fondos que no entraron al blanqueo migraron hacia Estados Unidos, porque no tenía un intercambio de información fuerte, como sí empezaba a haber en Europa con un acuerdo multilateral de intercambio de información automático».

(06:13) «¿Por qué ahora? ¿Por qué no mantener las cosas como estamos? La novedad en este punto es que Argentina en 2022 suscribió un acuerdo diferente de intercambio de información con Estados Unidos, un acuerdo automático recíproco, por el cual las entidades financieras tienen que brindar cierta información de ciertas cuentas. En la medida que uno pueda estar envuelto en ese tipo de inversiones la Argentina va a recibir información. La primera va a ser ahora en septiembre, respecto de inversiones 2023, a partir de lo que reciba puede pedir más información y con eso acercarse bastante más a los contribuyentes. Los tiempos parecen justos, intercambio de información a partir de septiembre y un blanqueo que comienza ahora y termina en en marzo del año que viene».

(08:02) «¿Respecto de qué cosa se va informar? Básicamente de cuentas de depósito que personas humanas argentinas, no personas jurídicas, puedan tener en forma directa en Estados Unidos, y que esas cuentas paguen más de 10 de interés en cualquier momento del año calendario. Si pagan menos de 10 de dólares no va a ser informada. Es toda cuenta corriente o caja de ahorro abierta una institución financiera en el ejercicio ordinario de sus negocios. Probablemente muchas de esas no paguen más de 10 dólares, pero si pagan sí va a ser informado. Argentina también tiene que mandar información respecto de residentes americanos acá. La otra cuenta que también va a ser informada es una cuenta financiera o de custodia en la medida que esa cuenta tenga rendimientos de fuente de Estados Unidos, esto respecto de personas humanas residentes en Argentina o también de personas jurídicas residentes en Argentina que puedan tener esa cuenta de manera directa. Son dividendos, intereses y otro tipo de ingresos que puedan tener esas cuentas».

(10:10) «¿Cuál es la información que va que va a recibir Argentina? El nombre, la dirección y el CUIT de la persona residente en Argentina, el monto bruto de intereses si es mayor a 10, el monto bruto de los ingresos de fuente americana, dividendos. No va a recibir información de los movimientos que tenga la cuenta durante el ejercicio y tampoco los saldos de la cuenta siempre, y cuando eso no sume más de 10 dólares, y personas jurídicas residentes en Argentina. Respecto de las cuentas financieras tampoco se van a reportar los saldos; tampoco se va a reportar sobre sociedades no residentes en la Argentina o con fuente en lugares diferentes de Estados Unidos, como puede ser fuente europea».

(11:58) «Una norma que salió en en Estados Unidos a partir del 1 de enero del 2024 obliga a reportar los beneficiarios finales de las empresas americanas. Todavía no está previsto que la información que vaya a la FinCen pueda ser compartida con el IRS, el que iene que aplicar el acuerdo de intercambio de información, pero nos pone un semáforo: ¿qué va a pasar más adelante? El mundo va hacia hacia una transparencia fiscal para llegar siempre al beneficiario final y efectivo».

Néstor De Lisio

(14:33) «Un aspecto importantísimo del blanquo es la fecha de corte, el blanqueo es sobre activos no declarados al 31 de diciembre de 2023. Todos sabemos que el paquete fiscal tuvo un un derrotero complicado. Todavía siguen sacando normas o aclaraciones de cuestiones técnicas. Hay un bache entre el 31 de diciembre y hoy, 29 de agosto: no está todo igual que en diciembre. Otro puntal importante del blanqueo es el tapón fiscal que genera para quienes ingresan al blanqueo: el fisco no puede revisar las declaraciones juradas de los periodos no prescriptos excepto que encuentre diferencias mayores a un 10% de los bienes blanqueados. Este es un tema muy importante, porque va de la mano con otro punto: cuando se hace la declaración jurada del impuesto a las ganancias de una persona humana uno de los puntos importantes relevantes es el monto consumido. Quien blanquea no va a ser
objeto de revisión de monto consumido: hay que analizar la opción de entrar con una mirada muy crítica de lo que uno hizo en los últimos seis años. El individuo que es accionista o socio de una empresa genera una un efecto contagio para la sociedad. Tiene distintas etapas. Una novedad es que se puede blanquear en distintas etapas, pero cuidado: la última etapa en que ingresó el blanqueo fija la alícuota para todo el blanqueo».

La propuesta que hace la ley es bastante agresiva, con una franquicia hasta 100.000 dólares sin penalización.

(19:38) «Primera etapa: vence el 30 de septiembre y hay que hacer dos cosas, manifestar la voluntad de adhesión y se paga por lo menos el 75% del ipuesto especial. En noviembre se presenta la DDJJ y se paga la diferencia. El dinero en efectivo sí o sí tiene que ir a una cuenta bancaria especial (cuenta especial de regularización de activos) hasta el 30 de septiembre. Yo no esperaría más allá del 25 de septiembre».

(23:10) «La base imponible es en dólares. Todos los activos a regularizar que estén en pesos argentinos se convierten a dólares a un tipo de cambio de 1000 pesos por cada dólar. La otra novedad es que el impuesto se paga en dólares y se paga en dólares billete».

(24:26) «Un tema que nos preguntan mucho es el tema de las criptomonedas. Se pueden regularizar, pero si están en el exterior antes del 30 de septiembre hay que traerlas a una entidad administradora argentina regulada por la Comisión Nacional de Valores. No todas las administradoras en la Argentina están bajo la tutela de la CNV».

(25:47) «Hay dos grandes sistemas: dinero en efectivo y resto de los bienes. Son dos sistemas que conviven en la misma ley, hablamos de dos como regímenes distintos. Hay una autoridad de aplicación que tiene la solvencia técnica para decir eso».

(28:15) «Otro debate fue con el tema de los familiares. El decreto lo acotó y dijo que se distribuye la franquicia de 100.000 siempre y cuando una persona esté a cargo de la otra».

(30:24) «Rige la ley cambiaria vigente, la ley aduanera vigente y la ley impositiva vigente, yo no puedo traerme dos millones de dólares con un gestor, lo tengo traer por el canal formal».

(31:43) «En muy poquitos casos se puede pagar en pesos y es cuando la persona solamente blanquea un activo en la Argentina, inmueble o acciones que estén nominados en pesos».

(32:03) «Otra posibilidad es la posibilidad de no pagar nada de impuesto por el dinero en efectivo si lo deja hasta el 31 de diciembre del 2025, así blanquee 100 millones de dólares. El Ministerio de Economía reglamentó los instrumentos alternativos para invertir y fondos comunes de inversión. En esa herramienta de inversión el individuo se tiene que quedar hasta el 31 de diciembre para gozar de la franquicia de no pagar nada por el blanqueo. Lo que han hecho, y han sido inteligentes, es aprovechar todo el circuito formal regulado, que es Banco Central y CNV. Los bancos, como era de prever, no están soltando prenda. Lo bueno de esto es que, a diferencia del blanqueo anterior, para no pagar te obligaban a comprar el Bonar 23, que no tenía mercado y después lo agarró la reestructuración del 2020, con lo cual fue un desastre».

(36:55) «Las normas de prevención de lavado de dinero siguen vigentes. De hecho, cuando uno va al banco a abrir la cuenta CERA hacen firmar que los fondos vienen de una actividad lícita. Hay un régimen de excepción para no residentes. El blanqueo propicia la posibilidad de que aquellos que eran residentes argentinos y quieren regresar puedan entrar al blanqueo».

(38:26) «Los grandes patrimonios ya se blanquearon. Se habla de 30.000, aunque no sabemos qué sustento tiene. El intercambio de información tiene errores, tiene superposiciones, tiene homonimias, pero el dato lo tiene. Se hace cada vez más complejo el sostenimiento de un patrimonio fuera del circuito formal. Esto es interesante para analizarlo».

(40:13) «La Argentina no tenía una gimnasia en planificación patrimonial, y del patrimonio hay que ocuparse. Para el que blanquea efectivo por menos de 100.000, si el 1 de octubre lo retira no tiene que pagar nada. Lo puede meter el 29 de o 25 y sacarlo el 1 de octubre, y no se paga nada. Pero lleva tiempo y creemos que sería poco inteligente para el éxito del blanqueo no prorrogarlo».

(44:42) «Régimen especial de ingreso de bienes personales. Hay dos pilares: primero, es un gobierno nuevo, suele hacerse borrón y cuenta nueva. Segundo, la necesidad de caja. El otro objetivo es dejar un poco más tranquila a la gente respecto de el futuro, y hacerlo atractivo para que realmente si entrás hoy el futuro sea un poco más beneficioso. Ahí aparece este régimen especial de ingreso de bienes personales, que es novedoso, y pueden ingresar tanto los que ingresaron al blanqueo como los que no».

(46:59) «Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP):
-Pueden optar quienes entraron al blanqueo y quienes no
-Reemplaza al ISBP hasta 2027
-Ofrece alícuotas especiales reducidas respecto de las generales del impuesto
-Ofrece estabilidad fiscal hasta 2038 por todo impuesto patrimonial
-Evita pagar por incrementos patrimoniales ocurridos hasta 2027, salvo excepciones».

(50:37) «Situación de quienes efectuaron regularización de activos:
-Fecha para la opción
-Períodos fiscales alcanzados: 2024 a 2027
-Pago inicial del REIBP
-Base imponible, distinguir bienes regularizados de no regularizados
-Alícuota de 0,50% por bienes regularizados.
El impuesto especial del blanqueo es en dólares; bienes personales para adelante es pago en pesos, a la alícuota del 0,50% por año».

(53:51) «El REIBP ofrece una alicuota única por cinco años y estabilidad fiscal hastga 2039. El régimen del buen cumplidor ofrece descuentos relevantes; las alícuotas generales de impuestos se han reducido también sensiblemente respecto de lo que venía sucediendo antes. Para el que no ingresa al blanqueo, es un impuesto que reemplaza bienes personales por los cinco periodos. Hay que incluir todos los bienes al 31/12/2023. Hay que descontar el mínimo no imponible y la casa habitación. La alícuota es 0,45, que por cinco años da 2,25 y es todo lo que hay que pagar de acá a 2027. Se pueden tomar a cuenta todos los pagos que se hicieron por 2023».

(58:07) «La primera estabilidad fiscal tiene que ver con el pago que uno hace de acá al 2027, que es cuando termina el impuesto de los bienes personales según la última ley de prórroga. No va a haber posibilidades de que ningún otro gobierno reclame algo más en materia de bienes personales o cualquier otro otro impuesto patrimonial si se hace bien el REIBP».

Más datos de referencia a ver en esta conferencia:
Alícuotas generales para bienes personales: 1:03:21
Beneficio del buen cumplidor: 1:04:13
Cuadro comparativo REIBP vs. Buen cumplidor: 1:04:44

 

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