Breves Legal y Fiscal

San Martín Suarez: nuevas medidas para pagos al exterior

A través de la Comunicación “A” N° 7433, del 06/01/2022, el BCRA establece nuevas disposiciones en lo que respecta al acceso al mercado de cambios para proceder con pagos al exterior de servicios prestados por no residentes.

Las disposiciones entraron en vigencia el 07 de enero de 2022. Se establece el requisito de contar con una declaración efectuada a través del “Sistema Integral
de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES), reglamentado en la Resolución General 5135/2022 (B.O 07/01/2022):

  • Sujetos obligados
    Será aplicable a las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros o actúen como ordenantes del pago, para cancelar obligaciones propias o de terceros.
  • Servicios alcanzados
    Mantenimiento y reparaciones
    Otros servicios de transportes
    Servicios postales y de mensajería
    Servicios de construcción
    Primas de seguros
    Siniestros
    Servicios auxiliares de seguros
    Servicios financieros
    Servicios de telecomunicaciones
    Servicios de informática
    Servicios de información
    Cargos por el uso de la propiedad intelectual
    Servicios de investigación y desarrollo
    Servicios jurídicos, contables y gerenciales
    Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública
    Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos
    Servicios de arrendamiento operativo
    Servicios relacionados con el comercio
    Otros servicios empresariales
    Servicios audiovisuales y conexos
    Otros servicios personales, culturales y recreativos
  • Servicios no alcanzados
    Asimismo, quienes realicen pagos al exterior por los siguientes conceptos de servicios no están obligados a realizar una solicitud a través de SIMPES:
    Servicios de fletes
    Servicios de transporte de pasajeros
    Viajes y otros pagos con tarjetas
    Servicios del gobierno
    Servicios de salud por empresas de asistencia al viajero
  • Información a Declarar:
    La carga de la información será a través del sitio web de AFIP. Al momento de realizar una solicitud a través de SIMPES se deberán consignar los siguientes datos:
    • CUIT del Informante
    • CUIT del Sujeto pagador
    • Tipo y monto de divisas a girar
    • Entidades financieras intervinientes
    • Datos del beneficiario del pago
  • Estados de la presentación:
    Una vez ingresados los datos solicitados por el sistema, existen tres estados de la declaración SIMPES:
    • APROBADA, siendo el estado requerido para avanzar con el pago de servicios al exterior.
    • NO APROBADA, en caso de no cumplir satisfactoriamente con los controles requeridos.
    • UNIVERSO PRÓXIMO PROCESO CEF Capacidad Económica Financiera (*), el sujeto pagador no posee una valoración de la Capacidad Económica Financiera (CEF) calculada para ese mes en curso. En este caso, se lo incluirá en el universo del proceso CEF del próximo mes. La declaración efectuada tendrá vigencia durante el mes calendario en el que se realizó y reviste el carácter de declaración jurada. Asimismo, los sujetos referidos en el punto 1 del presente memo, prestan consentimiento de que la misma sea remitida al Banco Central de la República Argentina (BCRA) para su intervención en el marco de sus competencias.

(*) Indicador de Capacidad Económica Financiera
Es una herramienta utilizada por AFIP para evaluar la capacidad económica y financiera de los contribuyentes. Para ello se toman en cuenta las declaraciones juradas presentadas y vigentes de impuestos con determinación anual y mensual. El sistema contempla una fórmula que calcula mensualmente la valoración de la Capacidad Económica Financiera de cada contribuyente, que será considerada representativa de su capacidad para realizar ciertos actos u operaciones financieras. El proceso de cálculo mensual se efectúa a partir del día 25 de cada período y tiene efectos a partir del primer día del siguiente mes.

Más datos en www.sms.com.ar y www.smslatam.com.

 

 

Suscribite a nuestro Newsletter