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Insolvencia en Francia: cómo funciona el sistema y qué deben saber deudores y acreedores

En la última reunión del 2025 de la Comisión Legal & Fiscal de CCI France Argentine, se llevó a cabo una charla dedicada a analizar el procedimiento de insolvencia en Francia, un tema de interés para empresas con vínculos comerciales con ese país. La exposición permitió recorrer el funcionamiento del derecho francés frente a las empresas en dificultades, así como sus implicancias concretas para los acreedores, incluidos los acreedores extranjeros. Fannie Bruneau, abogada francesa socia de CCI France Argentine, estuvo a cargo de la presentación, Christophe Dubois, abogado of counsel de WSC Legal moderó la charla.

Un sistema pensado para anticipar la crisis

Uno de los rasgos distintivos del modelo francés es la existencia de mecanismos tempranos de prevención, activables incluso antes de que la empresa se encuentre en una situación crítica.

«Una empresa puede tener un apoyo en muchos momentos de su vida, cuando se encuentra en dificultades económicas. Puede pedir un primer apoyo: esto se llama el mandato ad hoc.» Fannie Bruneau

Entre ellos se destacan el mandato ad hoc y la conciliación, herramientas confidenciales que permiten al dirigente solicitar la asistencia de un tercero designado por el tribunal con el objetivo de reorganizar la situación financiera, renegociar deudas o restablecer el diálogo con los acreedores. Estos dispositivos están pensados para intervenir cuando las dificultades aún son manejables y evitar una degradación mayor.

La noción clave de “suspensión de pagos”

El eje central que estructura todo el sistema es la suspensión de pagos (cessation des paiements), entendida como la incapacidad de la empresa de hacer frente a sus deudas exigibles.

«El derecho francés considera que la situación no es tan crítica cuando la suspensión de pagos no va más allá de 45 días.» Fannie Bruneau

El derecho francés introduce un umbral temporal decisivo: 45 días. Mientras la suspensión de pagos no supere ese plazo, la empresa conserva acceso a ciertos procedimientos de protección. Superado ese límite, la situación se considera más grave y habilita mecanismos más intrusivos y controlados por la justicia.

Sauvegarde y reorganización judicial

Cuando las dificultades ya no pueden resolverse mediante mecanismos preventivos, pero la empresa aún resulta viable, el sistema prevé procedimientos colectivos.

«La idea es ayudar a la empresa a sanear sus cuentas y continuar con su actividad.» Fannie Bruneau

La sauvegarde permite intervenir antes de que la suspensión de pagos se prolongue más de 45 días. Bajo control judicial, se abre un período de observación durante el cual se analizan las cuentas, se identifican los acreedores y se negocia un plan de reestructuración que puede extenderse hasta diez años.

«Si la suspensión de pagos dura más de 45 días, el derecho francés considera que la situación es demasiado crítica y se abre un procedimiento de redressement judiciaire.» Fannie Bruneau

Si la empresa ya se encuentra en una suspensión de pagos prolongada, el procedimiento aplicable es el redressement judiciaire (reorganización judicial). En este caso, el objetivo sigue siendo la continuidad de la actividad, pero con un control más estricto del tribunal. A diferencia de la sauvegarde, este procedimiento puede ser solicitado no solo por el deudor, sino también por los acreedores.

La liquidación judicial como último recurso

Cuando no existe posibilidad razonable de continuidad, el sistema desemboca en la liquidación judicial. En esta etapa, los órganos designados por el tribunal proceden a liquidar los activos de la empresa y distribuirlos entre los acreedores según el orden legal de prelación, poniendo fin a la actividad.

«Si no se encuentra un plan de pago y no hay posibilidad de continuar la actividad, entonces vamos a la liquidación de la empresa.» Fannie Bruneau

Consecuencias directas para los acreedores

La apertura de un procedimiento colectivo produce un efecto inmediato y central: la suspensión de las acciones individuales. Desde ese momento, ningún acreedor puede iniciar o continuar demandas para cobrar su crédito de manera aislada; todo se canaliza a través del procedimiento colectivo.

«Una vez que se abre el procedimiento, el acreedor ya no puede iniciar ni continuar ningún tipo de juicio para obtener el pago de su deuda.» Fannie Bruneau

El sistema distingue entre:

  • créditos anteriores a la apertura del procedimiento, que se integran a la masa concursal,

  • créditos posteriores, que gozan de prioridad, ya que permiten sostener la continuidad de la empresa.

Asimismo, existen acreedores privilegiados, entre los que se destacan el Estado, los empleados y ciertos acreedores con garantías reales. Para los acreedores comunes, los plazos de cobro pueden ser largos y el recupero, incierto, lo que refuerza la importancia de la prevención y de una correcta estructuración contractual.

Un sistema protector, con límites y tensiones

La exposición también puso de relieve las tensiones inherentes al modelo francés: si bien se trata de un sistema muy protector del deudor y de la continuidad de la actividad económica, esa misma protección puede generar frustración en los acreedores, especialmente en contextos de abuso o uso estratégico de los procedimientos.

«Cada vez más, la Corte favorece todo lo que es negociación preventiva.»Fannie Bruneau

En este sentido, se subrayó la importancia de anticiparse, recurrir tempranamente a los mecanismos preventivos y evaluar cuidadosamente las garantías contractuales, en particular en operaciones internacionales.

Oradora:

Fannie Bruneau
Abogada francesa, colegiada en París y Nueva York. Especializada en derecho procesal y arbitraje internacional, desarrolla su práctica en FCA Avocat. Cuenta con una amplia experiencia en litigios complejos y procedimientos colectivos en Francia, así como en contextos transfronterizos.

Moderador:
Christophe Dubois

Abogado, socio del estudio Wiener Soto Caparrós, a cargo del European Desk. Colegiado en Buenos Aires, Barcelona y París, asesora a empresas francesas y europeas en Argentina y en operaciones internacionales, con especial foco en derecho comercial y corporativo.